Art. 100
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Declaración responsable de los efectos ambientales

Art. 100

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En vigor desde 20 jun 2026
1. La formulación de la declaración responsable se hará ante el ayuntamiento del municipio donde se encuentre ubicada la actuación. 2. Corresponde a los ayuntamientos la inspección, vigilancia, control y ejercicio de la potestad sancionadora con respecto a las actividades sometidas a dicho instrumento. 3. El ejercicio de esta competencia se ejercerá en los términos previstos en la Ley 5/2010, de 11 de junio.
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eli/es-an/l/2026/03/12/2#art-100