Art. Disposición transitoria segunda
Título TÍTULO III

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 2 jul 2025
Las personas que en el momento de la entrada en vigor de esta ley estuviesen ya nombradas desde una lista de empleo no estarán sujetas al período de prueba previsto en el artículo 25 de esta ley, así como en los nombramientos posteriores que respecto de la misma lista se le efectúen.
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