Art. 12
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 12

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En vigor desde 5 abr 2025
La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria incluirá en sus planes de formación para el personal de las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley, la formación permanente y específica en materia de simplificación administrativa en su triple vertiente: normativa, organizativa y procedimental.
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