Art. 22
Título TÍTULO IV

Art. 22

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En vigor desde 19 dic 2025
1. Se fomentará el asesoramiento al sector tanto desde entidades públicas como privadas, especialmente a través de los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento acreditados, siempre con la adecuada coordinación de la Consejería competente en materia de agricultura, ganadería, pesca y acuicultura. 2. El IFAPA y las entidades autorizadas o acreditadas por este instituto ofertarán cursos de formación para el asesoramiento, reconocidos por la Administración, relacionados con la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas.
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eli/es-an/l/2025/12/12/2#art-22