Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional octava
89 / 93En vigor desde 11 may 2024
El Plan Retorna Asturias previsto en el artículo 53 deberá ser desarrollado en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la ley.
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Proeli/es-as/l/2024/04/30/2#disposicion-adicional-octava