Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 2
2 / 34En vigor desde 12 jun 2024
1. La presente ley será de aplicación en los municipios de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte, en la superficie delimitada en el anexo 1.
2. El ámbito de colada se identifica en el anexo 2.
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Proeli/es-cn/l/2024/05/29/2#art-2