Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 19 abr 2024
1. El objeto de esta ley es regular la declaración de patrimonio y de actividades de los cargos públicos de las Illes Balears y crear el Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos de las Illes Balears como órgano adscrito al Parlamento de las Illes Balears. 2. El Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos de las Illes Balears estará integrado por personal funcionario. 3. El Parlamento de las Illes Balears pondrá a disposición del Registro las dependencias adecuadas para el ejercicio de su función. En dicho registro se inscribirán las declaraciones reguladas en esta ley.
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