Título TÍTULO XIV›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final primera
212 / 213En vigor desde 3 mar 2023
Se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para desarrollar esta ley, sin perjuicio de la potestad reglamentaria que corresponde a los consejos insulares.
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Proeli/es-ib/l/2023/02/07/2#disposicion-final-primera