Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Licencia federativa
Art. 56
56 / 213En vigor desde 3 mar 2023
La expedición de licencias federativas tendrá carácter reglado, y las entidades expedidoras no podrán denegar su tramitación o expedición si la persona solicitante reúne las condiciones necesarias.
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Proeli/es-ib/l/2023/02/07/2#art-56