Art. 35
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 35

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En vigor desde 3 mar 2023
Se considera deporte en edad escolar la actividad física y deportiva organizada, practicada en horario no lectivo y sujeta a una orientación educativa y formativa. De naturaleza recreativa o competitiva, el deporte en edad escolar tiene que garantizar que la población en la etapa de escolarización obligatoria experimente diferentes tipos de actividades físicas y deportivas fomentando la formación deportiva integral, de acuerdo con la aptitud física y la edad.
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