Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 28
28 / 213En vigor desde 3 mar 2023
Son competiciones internacionales aquellas en las cuales participen de manera efectiva equipos, selecciones o deportistas procedentes de diferentes países de forma simultánea o sucesiva.
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Proeli/es-ib/l/2023/02/07/2#art-28