Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 25
25 / 213En vigor desde 3 mar 2023
Las competiciones deportivas, en función de su naturaleza, ámbito territorial o personal, se clasifican, a efectos de lo que dispone esta ley:
a) Por su naturaleza: En competiciones oficiales y no oficiales.
b) Por el ámbito territorial: En competiciones internacionales, de ámbito estatal y de las Illes Balears.
c) Por la naturaleza de las personas participantes: En profesionales, profesionalizadas o aficionadas.
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Proeli/es-ib/l/2023/02/07/2#art-25