Título TÍTULO V
Art. 142
142 / 199En vigor desde 28 feb 2023
De acuerdo con las normas, resoluciones y principios del Convenio sobre la Diversidad Biológica, de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual y la legislación básica estatal, las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja:
a) Preservarán, mantendrán y fomentarán los conocimientos y las prácticas de utilización consuetudinaria que sean de interés para la conservación y el uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad, en especial, en los espacios naturales protegidos de la Red.
b) Promoverán que los beneficios derivados de la utilización de estos conocimientos y prácticas se compartan equitativamente.
c) Promoverán la integración de los conocimientos tradicionales relevantes para la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad y la geodiversidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con especial atención a los etnobotánicos, en el Inventario Español de los Conocimientos Tradicionales relativos al Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
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Proeli/es-ri/l/2023/01/31/2#art-142