Título TÍTULO XV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria cuarta
187 / 192En vigor desde 19 abr 2023
El actual Servicio de Actividad Física previsto en el artículo 9.2.e del Decreto 73/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, se denominará, a partir de la entrada en vigor de la presente ley, como Servicio de la Agencia Vasca de Actividad Física.
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Proeli/es-pv/l/2023/03/30/2#disposicion-transitoria-cuarta