Art. Disposición adicional undécima
Título TÍTULO XVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional undécima

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En vigor desde 19 abr 2023
1. El departamento de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia deportiva, junto con los departamentos competentes en desarrollo económico e innovación, elaborarán un plan para potenciar la industria vinculada a la actividad física y del deporte, especialmente en el ámbito de la innovación tecnológica. 2. Tal plan tendrá como objetivos principales: a) Promover la creación de un clúster para la industria deportiva como facilitadora de la cooperación entre las empresas actoras de la industria de la actividad física y del deporte, las universidades, los centros de investigación, las administraciones públicas vascas con competencias en materia deporte y los agentes del sistema deportivo vasco. b) Fomentar las denominadas estrategias empresariales de especialización inteligente, RIS3, en el área de la actividad física y del deporte.
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