Art. Disposición adicional décima
Título TÍTULO XVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional décima

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En vigor desde 19 abr 2023
1. El departamento de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia deportiva coordinará con los órganos forales de los territorios históricos y con los municipios la elaboración y ejecución de un plan para el fortalecimiento del tejido asociativo deportivo en los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco. 2. Tal plan tendrá como objetivos principales: a) Resolver la problemática de la existencia de una atomización de ese tejido asociativo con numerosos clubes deportivos pequeños de una sola modalidad y con carencia de recursos humanos y materiales para cumplir satisfactoriamente con las obligaciones legales mínimas y con los objetivos de promoción deportiva. b) Redimensionar el entramado asociativo municipal fomentando la existencia de clubes polideportivos con unas estructuras fuertes y más profesionalizadas, que permitan compartir recursos humanos y materiales y hacer frente a los retos de la promoción de la actividad física y del deporte.
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