Art. 32
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO V

Art. 32

32 / 175
En vigor desde 25 abr 2023
De conformidad con la legislación básica, el personal funcionario se agrupa en cuerpos y escalas y, en su caso, especialidades y agrupaciones profesionales. A su vez, los cuerpos se agrupan, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso, en los grupos y subgrupos que se enumeran en el artículo siguiente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2023/03/15/2#art-32