Art. 2
2 / 15En vigor desde 8 mar 2022
El Fondo Complementario de Riesgos de la Generalidad de Cataluña (FCRCAT) es el instrumento para hacer frente a las obligaciones legales que corresponden a la Generalidad en relación con los riesgos no cubiertos por las pólizas de seguros de responsabilidad civil, patrimonial y contable suscritas por la Generalidad por siniestros que puedan afectar a las personas comprendidas en el ámbito subjetivo de la presente ley en el ejercicio de su cargo o funciones que puedan verse afectadas en su patrimonio por resoluciones o actos administrativos o judiciales en procedimientos administrativos o judiciales que no hayan concluido con resolución firme.
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Proeli/es-ct/l/2022/03/03/2#art-2