Art. 46
Título TÍTULO IX

Art. 46

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En vigor desde 25 feb 2022
La Comunidad Autónoma de La Rioja, en el ámbito de su competencia, emprenderá programas de capacitación y sensibilización en cuanto a las normas internacionales de derechos humanos y los principios de igualdad y no discriminación, incluidos los concernientes a la orientación sexual y la identidad de género, dirigidos a: a) Titulares de la Judicatura, de la Secretaría judicial y personal de la fiscalía, así como personal de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial. b) Agentes de la Policía Local de los municipios de La Rioja. c) Demás empleadas y empleados públicos de las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en especial, profesionales del Sistema Público de Servicios Sociales.
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