Art. 20
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 20

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En vigor desde 26 ene 2023
Las declaraciones responsables presentadas pasarán a formar parte de un censo con sede en el órgano competente en materia de deporte, cuyo objeto es censar a las personas que ejercen en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana alguna de las profesiones del deporte y la actividad física reguladas en la presente ley. El censo será público y estará accesible a cualquier persona, respetando en todo caso la normativa aplicable en materia de protección de datos.
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