Art. 11
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 11

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En vigor desde 27 ago 2022
Los procedimientos todavía vigentes incluidos en la Ley 8/2001, de 31 de mayo, se incluyen a continuación con su normativa reguladora, plazo de resolución y notificación y efectos del silencio, excluyéndose aquellos procedimientos cuya normativa ha sido modificada posteriormente y los procedimientos cuya regulación viene establecida en normativa estatal: a) En materia de vivienda: 1.º Los procedimientos relativos a financiación en materia de vivienda y suelo que se deriven del Decreto 190/1998, de 17 de noviembre, sobre medidas de financiación en materia de vivienda y suelo del Plan 1998-2001: plazo de resolución y notificación, 3 meses y efecto del silencio desestimatorio. 2.º Procedimientos sobre condiciones higiénico-sanitarias de viviendas y locales, regulados en el Decreto 62/1986, de 4 de junio, sobre regulación del trámite del informe relativo a condiciones higiénico-sanitarias de viviendas y locales previo a la concesión de la licencia municipal de obras: plazo de resolución y notificación, 3 meses y efecto del silencio desestimatorio. 3.º Las actuaciones para la preservación del patrimonio de interés arquitectónico de uso público de la Orden, de 3 de junio de 1996, del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, sobre actuaciones para la preservación del patrimonio de interés arquitectónico de uso público: plazo de resolución y notificación, 3 meses y efecto del silencio desestimatorio. 4.º Ayudas para el fomento de la preservación del patrimonio de interés arquitectónico de uso privado, reguladas en el Decreto 70/1998, de 31 de marzo, por el que se regulan las ayudas para el fomento de la preservación del patrimonio de interés arquitectónico de uso privado: plazo de resolución y notificación, 3 meses y efecto del silencio desestimatorio. 5.º Procedimientos en materia de patrimonio de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, regulados por el Decreto 127/2005, de 21 de junio, del Gobierno de Aragón, en materia de patrimonio constituido por las viviendas de promoción pública y suelo gestionado por el Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes: plazo de resolución y notificación, 3 meses y efecto del silencio desestimatorio. b) En materia de servicios sociales: 1.º Solicitud de adopción regulada por la Ley 10/1989, de 14 de diciembre, de protección de menores: plazo de resolución y notificación, 6 meses y efecto del silencio desestimatorio.
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eli/es-ar/l/2022/05/19/2#art-11