Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 42
42 / 132En vigor desde 20 mar 2022
La aplicación de los recursos que, en su caso, sean obtenidos del canon de control de vertidos, derivado de las autorizaciones de las infraestructuras de depuración, podrá determinarse de común acuerdo entre el Ministerio competente y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, mediante la celebración de los oportunos convenios.
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Proeli/es-cm/l/2022/02/18/2#art-42