Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 26 mar 2022
Se autoriza al Gobierno Vasco a actualizar la cuantía de las sanciones que se fijan en la presente ley, atendiendo a la variación que experimente el índice general de precios al consumo y previo informe del departamento competente en materia de juventud.
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