Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 4 feb 2021
Las autorizaciones y concesiones a las que se refiere esta ley se otorgarán, en su caso, sin perjuicio de las que correspondan a otros órganos o administraciones en el ejercicio de sus respectivas competencias.
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