Art. 5
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 5

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En vigor desde 2 jul 2021
Las actuaciones previstas en la presente Ley se rigen por los siguientes principios: a) Principios de independencia, integridad, objetividad, neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y dedicación al servicio público. b) Principios de legalidad, reserva de jurisdicción, presunción de inocencia, coordinación, cooperación, eficacia, eficiencia y economía en el cumplimiento de los objetivos y finalidades públicos. c) Principios de responsabilidad, buena fe del denunciante, transparencia y rendición de cuentas. d) Principio non bis in idem .
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eli/es-an/l/2021/06/18/2#art-5