Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 41
41 / 61En vigor desde 2 oct 2021
Podrán ser sancionadas por la comisión de hechos constitutivos de las infracciones administrativas previstas en este título las administraciones públicas, instituciones, órganos, entidades y personas físicas y jurídicas privadas incluidos en el artículo 3, y las personas, incluidas en el ámbito subjetivo de aplicación de la Ley definido en el artículo 4, que resulten responsables de los mismos a título de dolo o culpa.
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Proeli/es-an/l/2021/06/18/2#art-41