Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada para la emisión del informe ambiental estratégico
Art. 34
34 / 86En vigor desde 4 mar 2020
En el plazo de quince días hábiles desde la aprobación del plan o programa, el órgano sustantivo remitirá para su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» la siguiente documentación:
a) La resolución por la que se adopta o aprueba el plan o programa aprobado, y una referencia a la dirección electrónica en la que el órgano sustantivo pondrá a disposición del público el contenido íntegro de dicho plan o programa.
b) Una referencia al «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» en el que se ha publicado el informe ambiental estratégico.
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Proeli/es-cm/l/2020/02/07/2#art-34