Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 12
12 / 59En vigor desde 10 mar 2020
Las ayudas por daños materiales que se produzcan como consecuencia de actos terroristas comprenderán los causados en las viviendas de las personas físicas; en los elementos comunes de las comunidades de propietarias y propietarios; en los establecimientos mercantiles o industriales, o en elementos productivos de las empresas; en las sedes de los partidos políticos, sindicatos u organizaciones sociales, y los producidos en vehículos, con los requisitos y limitaciones establecidos en esta ley.
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Proeli/es-ex/l/2020/03/04/2#art-12