Art. 27
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 27

27 / 70
En vigor desde 31 oct 2020
1. El Sistema Estadístico Oficial de Aragón está integrado por el conjunto coordinado, ordenado y reglado de planes, normas, registros, convenios y demás instrumentos cuyo objetivo final es hacer efectivo el ejercicio de la competencia en materia de estadística para fines de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como por los órganos y unidades administrativas responsables del ejercicio de la competencia en materia de actividad estadística para fines de la comunidad autónoma. 2. Los órganos y unidades estadísticas de otras administraciones o corporaciones de derecho público que realicen estadística para los fines de la Comunidad Autónoma de Aragón en virtud de acuerdo, convenio o contrato quedan sujetos, a estos exclusivos efectos, a lo dispuesto en este título, pero no quedarán integrados en el Sistema Estadístico Oficial de Aragón.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2020/10/22/2#art-27