Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 37
37 / 50En vigor desde 8 dic 2020
1. Las labores de conservación y mantenimiento de los elementos integrantes de las redes geodésicas serán coordinadas por el Institut Cartogràfic Valencià.
2. Los municipios, otras administraciones públicas o personas físicas o jurídicas que detecten una alteración en el estado de las señales de la red geodésica de cuarto orden, deberán comunicar este hecho al Institut Cartogràfic Valencià.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2020/12/02/2#art-37