Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 16
16 / 50En vigor desde 8 dic 2020
1. La contratación del Institut Cartogràfic Valencià se rige por lo dispuesto en la normativa de contratos del sector público.
2. Corresponden a la persona que ocupe la Dirección del Institut Cartogràfic Valencià las funciones que la normativa de contratos del sector público atribuye a los órganos de contratación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2020/12/02/2#art-16