Art. 12
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 12

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En vigor desde 8 dic 2020
1. El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, de intervención y de control financiero del Institut Cartogràfic Valencià es el establecido, para este tipo de entidades, en la legislación sobre hacienda pública de la Generalitat. 2. El Institut Cartogràfic Valencià elaborará anualmente un anteproyecto de presupuesto, que remitirá a la conselleria competente en materia de hacienda para su integración en el anteproyecto de ley de presupuestos de la Generalitat. Dicho anteproyecto deberá reflejar los gastos de personal, de medios materiales, informáticos y de administración electrónica y de servicios, así como los demás gastos necesarios para el funcionamiento del Institut Cartogràfic Valencià y la consecución de los objetivos del Plan plurianual de gestión y del Programa anual de actuación del Institut Cartogràfic Valencià.
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