Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Medidas temporales de reactivación económica, de simplificación administrativa y de apoyo social
Art. 8
8 / 84En vigor desde 13 nov 2021
Durante 2020 y hasta el 15 de junio de 2021 todo tipo de obras de edificación, modificación, reparación y derribos estarán exentas de las limitaciones temporales estivales relativas a la temporada turística que estén vigentes en cualquier normativa autonómica, insular o municipal. Los ayuntamientos pueden prorrogar de forma motivada esta exención, en función de las circunstancias concurrentes, sin necesidad de modificar la normativa municipal.
Se modifica por la disposición final 3 de la Ley 3/2021, de 10 de noviembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-19807#df-3 Se modifica por la disposición final 3 del Decreto-ley 4/2021, de 3 de mayo. Ref. BOE-A-2021-11616#df-3
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2020/10/15/2#art-8