Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Medidas para la adquisición de medicamentos
Art. 19
20 / 84En vigor desde 19 dic 2021
1. Salvo previsión expresa distinta a la convocatoria o al acuerdo de adquisición, el pago se realizará de conformidad con lo que prevé el contrato, con la presentación previa de la lista del detalle de las unidades suministradas.
Después de la comprobación y la conformidad por parte de la unidad responsable de las adquisiciones, que debe producirse en el plazo de quince días hábiles, la empresa debe enviar la factura por el importe determinado.
2. El pago de la factura se realizará en el plazo de treinta días desde la comprobación y confirmación.
Se modifica, con efectos dese el 26 de enero de 2021, el apartado 1, segundo párrafo, por la disposición final 1.3 de la Ley 4/2021, de 17 de diciembre de 2021. Ref. BOE-A-2022-230 Se modifica el apartado 1, segundo párrafo, por la disposición final 1.3 del Decreto-ley 3/2021, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2021-9286#df Esta modifiicación produce efectos desde el 26 de enero de 2021, según determina la disposición final 6 del citado decreto-ley.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2020/10/15/2#art-19