Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria tercera
168 / 177En vigor desde 9 mar 2019
La Administración educativa cántabra procederá en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley a la definición de los diseños curriculares para la integración de los objetivos previstos en el artículo 37 de la presente ley.
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Proeli/es-cb/l/2019/03/07/2#disposicion-transitoria-tercera