Art. 82
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Negociación colectiva

Art. 82

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En vigor desde 9 mar 2019
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la negociación colectiva con su personal planteará actuaciones tendentes a la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito del empleo público. 2. Las normas que regulen las condiciones de empleo del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, recogidas en sus respectivos convenios colectivos, incorporarán medidas y recursos dirigidos a desarrollar una estructura y organización laboral y social que propicie una efectiva conciliación entre la vida personal, laboral y familiar.
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