Art. 47
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª Educación universitaria

Art. 47

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En vigor desde 9 mar 2019
Todos los proyectos docentes y asignaturas financiados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria deberán integrar la perspectiva de género, salvo que por su propia naturaleza no lo permita.
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