Art. 138
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IX

Art. 138

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En vigor desde 9 mar 2019
A efectos de publicidad ilícita se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, la legislación general de publicidad y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
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