Art. 3
3 / 25En vigor desde 3 feb 2019
En el ejercicio de las competencias de gestión que le son delegadas por esta ley, el Consejo Insular de Mallorca se regulará por el régimen que se establece, por la legislación estatal que regula el régimen jurídico aplicable a los museos de titularidad estatal, y por las disposiciones aprobadas por el Gobierno de las Illes Balears para la ejecución de la citada legislación del Estado.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2019/01/31/2#art-3