Art. 32
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V

Art. 32

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En vigor desde 26 mar 2019
La Administración de la Comunidad Autónoma garantizará la innovación y desarrollo de las actuaciones de aprendizaje a lo largo de la vida adulta mediante el cumplimiento de las siguientes funciones: a) La observación de la evolución y el comportamiento de las necesidades y los recursos de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en Aragón. b) El diseño y desarrollo de la formación pedagógica y didáctica de los recursos humanos destinados a esta finalidad. c) El impulso del aprendizaje a lo largo de la vida adulta a través de las tecnologías de la información y la comunicación. d) La promoción de las líneas y de los grupos de investigación en las actuaciones de aprendizaje a lo largo de la vida adulta. e) Cualesquiera otras que se establezcan reglamentariamente.
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