Art. 29
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 29

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En vigor desde 26 mar 2019
El equipo de profesionales que conforma el sistema integrado de orientación tendrá las siguientes funciones: a) Informar y asesorar a todas las personas destinatarias en el diseño y desarrollo del itinerario individualizado formativo, personal y social más adecuado en función de sus propias características y teniendo en cuenta las necesidades del entorno laboral. b) Dar difusión y asesorar sobre las ofertas formativas y las diferentes actuaciones que se desarrollan dentro del marco del aprendizaje a lo largo de la vida adulta. c) Informar y asesorar sobre las características del entorno laboral, ocupaciones, perfiles profesionales, tendencias del mercado laboral, posibilidades de acceso al empleo, inserción y reinserción laboral, promoción y mejora, y movilidad. d) Informar y asesorar sobre las titulaciones académicas y las certificaciones profesionales, así como las posibilidades de adquisición, evaluación y acreditación de competencias y cualificaciones profesionales que se requieren en el mercado laboral. e) Orientar a todas las personas destinatarias y, en su caso, a sus familias o tutores legales sobre los estudios académicos o profesionales que mejor se adapten a sus características personales y favorecer así el logro de sus objetivos formativos. f) Participar en la organización, actualización y evaluación de toda la información relacionada con los itinerarios individualizados para que se adapten a todas las personas destinatarias en contenido y accesibilidad. g) Asesorar a docentes y responsables de formación en la inclusión de la orientación educativa y sociolaboral en sus programas y acciones formativas. h) Coordinarse y colaborar con los profesionales de la orientación de otras Administraciones públicas, agentes sociales y entidades que desarrollen labores de orientación con personas adultas. i) Participar en procedimientos de reconocimiento, evaluación y acreditación de competencias y cualificaciones profesionales que se adquieren a través de la experiencia laboral u otras vías.
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eli/es-ar/l/2019/02/21/2#art-29