Art. 1
1 / 10En vigor desde 15 abr 2019
1. El objeto de esta ley es la regulación de las academias científicas, artísticas y literarias de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
2. Esta ley es de aplicación a las academias que tengan su domicilio social y desarrollen su actividad corporativa principal en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de que puedan realizar otras actividades relacionadas con sus fines fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma.
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Proeli/es-cm/l/2019/03/15/2#art-1