Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 70En vigor desde 28 mar 2019
1. Esta ley tiene por objeto la regulación en el ámbito territorial del Principado de Asturias de la promoción y la tutela, defensa o garantía, de la calidad alimentaria y de la diferenciada, en todas las etapas de producción, transformación, distribución y comercialización, de conformidad con la ordenación básica estatal y en ejecución, cumplimiento y desarrollo del derecho de la Unión. Con este fin, se establecen las obligaciones de los operadores alimentarios y el régimen sancionador en materia de calidad y conformidad alimentarias, regulándose la tipología y gestión de la calidad diferenciada, comprendiendo la producción ecológica y la artesanía alimentaria, así como la venta directa y las actuaciones de inspección y el control de la Administración autonómica. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto por la normativa específica en materia de disciplina de mercado y de defensa de consumidores y usuarios, o en otras normativas sectoriales de aplicación.
2. En concordancia con lo dispuesto en la Ley 28/2015, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria, el ámbito de aplicación de la presente ley se extiende a las exigencias de calidad alimentaria, excluyéndose del mismo los aspectos en los que interviene cualquier componente regulado por normas sanitarias, veterinarias o relativas a la seguridad física de las personas o los animales; las cuestiones relacionadas con la producción primaria; la oferta para la venta al consumidor final, salvo la relacionada con la venta directa, incluidos los obradores de las instalaciones detallistas; la salud; el control microbiológico; el control de puntos críticos; la inspección veterinaria; la legislación sobre bienestar de los animales; las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano; el control de residuos en animales, carnes y vegetales; la legislación específica de organismos modificados genéticamente y de la irradiación de los productos alimenticios, o la normativa sobre sustancias peligrosas y medio ambiente.
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Proeli/es-as/l/2019/03/01/2#art-1