Título TÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
31 / 32En vigor desde 18 may 2018
Todas las referencias contenidas en esta Ley expresadas en masculino gramatical, cuando se refieran a personas físicas deben entenderse referidas indistintamente a hombres y mujeres y a sus correspondientes adjetivaciones masculinas o femeninas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2018/05/08/2#disposicion-final-segunda