Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional segunda

24 / 32
En vigor desde 18 may 2018
Para el cumplimiento de los fines de la presente Ley, se establecerán anualmente consignaciones específicas en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2018/05/08/2#disposicion-adicional-segunda