Art. 5
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 5

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En vigor desde 6 may 2018
Los poderes públicos, en el marco de sus competencias y disponibilidades presupuestarias: a) Favorecerán el bienestar social de los asturianos en el exterior, mediante programas de ayuda económica a personas en situación de emergencia o desamparo, haciendo posible su derecho a la salud y garantizando, a través de los servicios públicos de la Comunidad Autónoma, la atención sanitaria durante sus estancias en Asturias, de acuerdo con lo previsto por la legislación básica dictada en la materia. b) Fomentarán la organización de actividades de carácter didáctico y divulgativo, cursos y programas presenciales o audiovisuales, que faciliten el conocimiento de la lengua, la cultura, la historia, las costumbres, la economía y, en definitiva, la identidad asturiana. c) Promoverán programas e intercambios de tipo educativo, cultural y económico, dirigidos en especial a los más jóvenes y les facilitarán información sobre homologación de títulos y apoyo a la realización en el Principado de Asturias de los estudios que estén cursando. d) Impulsarán estancias de encuentro temporal en Asturias. e) Establecerán canales de información, orientación y apoyo a los asturianos que se propongan emigrar y para los que lo soliciten desde su nuevo domicilio en el exterior. f) Prestarán información, apoyo y nuevos mecanismos de relación a través de las tecnologías de la información a quienes hayan emigrado o se propongan emigrar, a cuyo efecto se creará en la página web institucional el Foro Virtual de los asturianos en el mundo, como espacio virtual de encuentro e intercambio de opiniones, que posibilite un intercambio fluido del Principado de Asturias con los asturianos individualmente considerados y de estos entre sí. g) Impulsarán los trabajos de estudio e investigación sobre la historia de la emigración asturiana. h) Prestarán asesoramiento sobre el ejercicio del derecho de voto fuera de Asturias para las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias, a los efectos de facilitarlo.
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