Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 20 abr 2018
El Gobierno de las Illes Balears, en colaboración con otras administraciones y organismos, examinará la desaparición forzada de niños y niñas durante la Guerra Civil y la Dictadura franquista, impulsará los procedimientos legales que permitan investigar y conocer toda la verdad sobre estos delitos calificados por la Comisión de Naciones Unidas en su informe sobre personas desaparecidas como de lesa humanidad, y dotará de cobertura jurídica, psicológica y asistencial a las víctimas.
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