Art. Disposición adicional sexta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 20 abr 2018
Las previsiones establecidas en el artículo 15.3 de esta ley no afectarán a los terrenos o inmuebles de titularidad estatal, que se rigen conforme a los principios generales de las relaciones interadministrativas previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
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