Art. 12
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Gestión

Art. 12

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En vigor desde 24 jul 2007
La gestión del Parque Natural Marítimo-Terrestre Es Trenc-Salobrar de Campos se asigna a la consejería competente en materia de medio ambiente, a través de la dirección general correspondiente y de sus entes del sector público instrumental, competentes en espacios naturales y aguas.
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