Art. Artículo primero
Capítulo CAPÍTULO I

Art. Artículo primero

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En vigor desde 17 feb 2017
Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista de la Región de Murcia. Uno. Se suprimen los artículos 5.3, a), 8 y el capítulo II del título II de la Ley 11/2006, de 22 de diciembre. Dos. Se modifica el artículo 37, que queda redactado como sigue: «Artículo 37. Horario semanal y diario. El horario de apertura y cierre de los establecimientos comerciales de venta al público será de libre fijación por la empresas minoristas en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sin perjuicio de los derechos reconocidos a los trabajadores en el régimen laboral.» Tres. Se modifica el apartado 1 del artículo 38, que queda redactado como sigue: «1. El número de domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia será de 14 días en el año 2017, 15 días en el año 2018 y 16 días a partir del año 2019.»
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